PLENO PINOSO

Pinoso modifica su ordenanza fiscal reguladora del Impuesto de Actividades Económicas (IAE)

En el pleno ordinario de este viernes se ha aprobado por unanimidad, modificar el artículo 3 de la ordenanza reguladora del Impuesto sobre Actividades Económicas, contando con el informe favorable de la Secretaría e indicando que resulta procedente la propuesta de modificación, así como la tramitación administrativa que hay que llevar a cabo para su entrada en vigor.

La modificación se refiere a la inclusión de una nueva bonificación potestativa, prevista en los arts. 88.2.c) del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL).

De esta manera, el artículo 3 quedará redactado como sigue:

<< Artículo 3.- Bonificaciones

Se establece las bonificaciones fiscales obligatorias previstas en el artículo 88.1.a) y b) de la LRHL.

Igualmente será de aplicación la bonificación fiscal prevista en el artículo 88.2.c) LRHL: Los sujetos pasivos que tributen por cuota municipal y que produzcan un mínimo de 20% del consumo energético anual de la actividad a partir de instalaciones para el aprovechamiento de energías renovables provenientes del sol, considerándose como tal aquellas previstas por la ley, podrán disfrutar de una bonificación del 25% en los períodos impositivos siguientes al reconocimiento de la bonificación.

Junto a la solicitud se deberá presentar o referenciar la licencia de obras concedida por el Ayuntamiento o declaración responsable de la instalación de aprovechamiento de energías renovables, la licencia de apertura o declaración responsable de la actividad que contenga la instalación de aprovechamiento de energías renovables, las facturas energéticas de la actividad y la producción energética de la instalación de aprovechamiento de energías renovables del último año.

En caso de que la instalación sea nueva, se presentará, en su lugar, un estudio de consumos anuales.

La bonificación será aprobada por la Concejalía de Hacienda previo informe favorable de los servicios técnicos del Ayuntamiento.

No procederá la aplicación de la bonificación cuando la instalación para el aprovechamiento de las energías renovables sea obligatoria según la normativa de aplicación o cuando su entrada en funcionamiento haya sido anterior al año 2019.

Cuando el sujeto pasivo titular de la instalación realice más de una actividad en la edificación donde se encuentre instalado el sistema para el aprovechamiento de energías renovables, la bonificación se aplicará a partir del ejercicio siguiente. La bonificación se aplicará a la cuota tributaria de mayor cuantía.

Igualmente, se aplicará la misma bonificación a los sujetos pasivos que realicen sus actividades industriales, desde el inicio de su actividad o por traslado posterior, en locales o instalaciones alejadas de las zonas más pobladas del término municipal.

Estas bonificaciones se podrán aplicar simultáneamente y se aplicarán a la cuota resultante de aplicar, en su caso, las bonificaciones a que se refieren el apartado 1 del artículo 88 LRHL, párrafos a) y b)>>

A pesar de que la modificación se ha aprobado por todos los grupos políticos, el edil del Partido Popular, Iván P. Román ha reprochado que no se tuvieran en cuenta otras bonificaciones aplicables según la ley. A ello, el alcalde de Pinoso, Lázaro Azorín, le ha afeado que él lo hiciera una vez propuesto en el pleno y no lo haya estudiado previamente. Azorín ha explicado que se ha estudiado y se sigue analizando la situación para que puedan beneficiarse los ciudadanos “nos tenemos que adaptar al dinero que tenemos, si quitamos de aquí bonificamos de aquí, el concejal lo ha estudiado y si pudiera lo hubiera hecho”. Y añadía “estamos estudiando con las empresas como las de la marmolina, este era un ingreso que no teníamos y ahora sí, vamos a jugar con ello y vamos a intentar trabajar en otras bonificaciones, se está viendo la parte económica y vamos a aplicarlo si se puede”.

Lourdes Yáñez, concejal de Industria ha comenzado una base de datos sobre las empresas del municipio para seguir trabajando en este aspecto y a propósito de esta bonificación afirma “de momento hay pocas que se vayan a beneficiar, 2-3 como mucho, pero a raíz de esta bonificación esperemos que se unan muchas más”

Esta modificación se someterá a información pública y audiencia de los interesados, con publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios del Ayuntamiento, por el plazo de 30 días hábiles para que puedan presentar reclamaciones o sugerencias, que serán resueltas por la Corporación. De no presentarse reclamaciones o sugerencias en el mencionado plazo, se considerará aprobada definitivamente y se publicará el texto íntegro de la modificación efectuada.

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