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Modificada la ordenanza que regula los vados, reservas de espacio y usos privativos de la vía pública

Con el apoyo de los ediles del equipo de gobierno y de la oposición, en el pleno de este 30 de julio se ha aprobado modificar la Ordenanza Fiscal reguladora de vados, reservas de espacio y usos privativos de la vía pública de Pinoso.

Esta propuesta cumple con los requisitos legales del artículo 20 y siguientes del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, dado que las cuantías estimadas no generan un superávit de gestión.

Así, las tasas quedan establecidas de la siguiente manera:

  1. A) Vados y accesos permanentes con reserva de vía pública, cuota anual.

Locales con capacidad para albergar:

De 1 a 3 vehículos 60 €

De 4 a 9 vehículos 80 €

A partir de 10 vehículos 100 €

La capacidad del local vendrá determinada por su superficie, definiéndose a tales efectos la siguiente equivalencia (propiedades comunitarias):

– En edificios de hasta 3 viviendas: 20 metros de superficie bruta por vehículo.

– En edificios de más de 3 viviendas: 25 metros de superficie bruta por vehículo.

B/ Vados y accesos de horario limitado.

Como máximo de 12 horas diarias, coincidiendo principalmente con el horario de apertura de la empresa o actividad.

Para vados de un vehículo. . . 60 €

Quienes utilicen zonas peatonales para acceder a plazas de garaje vendrán obligados a tributar, en todo caso, por este apartado por el especial beneficio que supone el uso excepcional de una zona prohibida al tráfico rodado.

C/ Reserva permanente de la vía pública.

1.- Las primeras 48 horas no generan cuota alguna, tras ese período:

De 1 a 15 metros cuadrados 3 €

De 16 a 30 metros cuadrados 6 €

2.- En todo caso, la cuota mínima exigible por este tipo de reserva de la vía pública será de 3 € por cada fracción de 1 a 15 metros cuadrados.

  1. D) Reserva ocasional de la vía pública.

Cuando implique corte de tráfico rodado o no lo implique, 10€ por día y acto autorizado.

  1. E) Contra Vado

El contra vado se realizará únicamente en aquellas calles cuya calzada (distancia entre aceras) sea inferior a 4 metros y siempre previo informe técnico.

Para Raúl Pérez, edil de Obras y Servicios era muy importante facilitar el trabajo a los constructores con los usos privativos de la vía pública y la reducción de las tasas, así como la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de vados y reservas de espacio.

Esta modificación se someterá a exposición pública durante 30 días hábiles en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios del Ayuntamiento y pasado ese plazo, de no presentarse reclamaciones o sugerencias, se considerará aprobada definitivamente sin necesidad de acuerdo expreso por el Pleno.

 

 

 

 

 

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