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La Generalitat convoca ayudas a colectivos vulnerables para hipotecas de interés variable

Con el fin de que los colectivos vulnerables puedan hacer frente a los gastos de la hipoteca de interés variable ya se pueden solicitar unos bonos de 300 o 600 euros al mes que pueden solicitarse de forma telemática hasta el 15 de septiembre, tras la publicación el 24 de mayo del decreto por el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV).

La finalidad de estas ayudas es reducir la probabilidad de la pérdida de la vivienda habitual por parte de los colectivos más vulnerables en riesgo de exclusión por no poder afrontar el pago de las cuotas hipotecarias, en un contexto de inflación y subidas de tipos de interés.

La subvención se financiará con cargo a los presupuestos de 2023 por un importe de seis millones de euros, aunque este presupuesto es ampliable y se podrán incorporar más fondos si es necesario, en función de las solicitudes que se reciban.

¿Cómo pedirlas?

Las solicitudes de estas ayudas se han de presentar de forma telemática en la sede electrónica de la Generalitat Valenciana.

La persona solicitante ha de pertenecer a un colectivo vulnerable cuando los ingresos brutos anuales de la unidad familiar sean iguales o inferior a 33.600 euros. Los beneficiarios deben ser personas físicas con residencia habitual y domicilio fiscal en la Comunitat Valenciana y ser titulares de un préstamo hipotecario para adquisición de vivienda habitual en régimen de tipo de interés variable formalizado antes del 30 de junio de 2022, con revisión del tipo de interés posterior al 1 de abril de 2022, y cuyo importe nominal concedido no sea superior a 240.000 euros.

Además, la carga financiera en los últimos doce meses por el préstamo hipotecario ha de ser superior al 40% para ingresos brutos anuales inferiores o iguales a 25.200 euros, y superior al 50% para ingresos brutos anuales inferiores o iguales a 33.600 euros y superiores a 25.200 euros.

Asimismo deberán estar al corriente en los pagos del préstamo hipotecario y tener la condición de ‘No declarante’ respecto al Impuesto sobre el Patrimonio.

La solicitud se acompañará de información relativa al préstamo hipotecario acreditada mediante certificación de la entidad financiera prestamista o subsidiariamente.

Igualmente se adjuntará el recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles del ejercicio 2021 sobre la vivienda habitual en garantía del préstamo hipotecario para acreditar su referencia catastral, así como declaración responsable de los integrantes de la unidad familiar a 31 de diciembre de 2022, a excepción de la persona solicitante de la ayuda.

Si los solicitantes que estén obligados no hubieran presentado la declaración de Renta en 2021 no tendrán derecho a percibir estas ayudas.

Se establecen dos tramos de ayuda a la hipoteca variable en función del nivel de ingresos brutos anuales acreditado por la unidad familiar y el peso de la carga financiera hipotecaria sobre los ingresos netos anuales.

  • Ayuda de 600 euros. Para ingresos brutos anuales de hasta 25.200 euros y que dediquen, al menos, el 40% de sus ingresos al pago del préstamo hipotecario.
  • Ayuda de 300 euros. Para solicitantes con ingresos brutos anuales superiores a 25.200 euros y hasta 33.600 euros y que destinen, al menos, el 50% de sus ingresos al pago del préstamo hipotecario.

En la página web de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico está disponible la información sobre la convocatoria y se ha habilitado un acceso a la sede electrónica para formular la solicitud.

https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=G24565

Para más información dirígete al Departamento de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Pinoso.

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